Verifactu vs factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece): diferencias clave
Verifactu (RD 1007/2023) y la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece) son dos obligaciones distintas pero compatibles. Diferencias, fechas y cómo cumplirlas a la vez.
Verifactu y la factura electrónica B2B (la conocida obligación de la Ley Crea y Crece) son dos cosas distintas que se confunden constantemente. Una regula la generación interna de la factura; la otra, su entrega. Esta guía las separa claramente, explica cuándo aplican y cómo cumplirás las dos a la vez con un software adecuado.
La diferencia en una frase
Verifactu regula CÓMO generas la factura (con hash, QR, registro inalterable); la factura electrónica B2B regula CÓMO la entregas a tu cliente (en formato electrónico estructurado como Facturae XML, no en papel ni PDF). Una empresa cubierta por ambas obligaciones cumplirá las dos a la vez con software adaptado, sin duplicar trabajo.
Por simplificar:
- Verifactu ≈ “tu sistema de emisión es íntegro y verificable”.
- Factura electrónica B2B ≈ “no entregas la factura en papel ni en PDF; la entregas en un formato electrónico legible por máquina”.
Tabla comparativa rápida
| Criterio | Verifactu | Factura electrónica B2B (Crea y Crece) |
|---|---|---|
| Norma base | RD 1007/2023 + RDL 15/2025 + Orden HAC/1177/2024 | Ley 18/2022 (Crea y Crece) art. 12 + reglamento en desarrollo |
| Qué regula | Cómo generas y conservas la factura | En qué formato la entregas al cliente empresa |
| A quién aplica | TODOS los contribuyentes IRPF/IS en territorio común (B2B y B2C) | SOLO operaciones B2B (entre empresas/autónomos) |
| Formato salida | Cualquiera (incluso PDF con QR), siempre que sea verificable | Formato electrónico estructurado (Facturae, UBL, etc.) |
| Envío telemático | A AEAT (modalidad SÍ) u opcional (modalidad NO) | A tu CLIENTE (no a la AEAT, salvo regla SII paralela) |
| Fecha entrada en vigor | 1 ene 2027 (sociedades) · 1 jul 2027 (autónomos) | Calendario por desarrollo reglamentario (probable 2027-2028) |
| Sanción usuario | Hasta 50.000 €/ejercicio (art. 201 bis.1 LGT) | 10.000 € (Ley Crea y Crece) por incumplimiento de la obligación |
| Software adaptado | Con declaración responsable del fabricante | Capaz de generar/recibir Facturae u otro formato estructurado |
¿Qué es Verifactu, en una frase?
Verifactu es el sistema de la AEAT que obliga a generar facturas con hash encadenado, código QR de verificación e integridad inalterable, según el RD 1007/2023. Aplica a TODOS los contribuyentes IRPF/IS en territorio común, tanto si facturan a empresas como a consumidores finales (B2B y B2C). Entra en vigor el 1 enero 2027 (sociedades) y 1 julio 2027 (autónomos).
→ Detalle: Qué es Verifactu.
¿Qué es la factura electrónica B2B (Ley Crea y Crece)?
La factura electrónica B2B es la obligación introducida por el artículo 12 de la Ley 18/2022 (Crea y Crece) que obliga a empresas y autónomos a emitir y recibir sus facturas entre profesionales en formato electrónico estructurado. Ya no valdrá el PDF “a secas” enviado por email: el formato debe ser legible por máquina (Facturae XML u otro homologado) e interoperable entre sistemas distintos.
Puntos clave:
- Quién: cualquier empresario o profesional con clientes empresa o autónomo.
- A quién aplica: operaciones B2B (entre profesionales). NO aplica al B2C (factura simplificada de tickets de consumidor final).
- Formato: Facturae XML es el estándar tradicional del Estado, pero la ley deja la puerta abierta a otros formatos estructurados.
- Quién recibe: tu cliente empresa directamente (no la AEAT, salvo que aplique SII u otro régimen).
- Estado: la ley es de 2022 pero el reglamento de desarrollo sigue en tramitación a fecha 2026. La obligación entrará en vigor por fases una vez publicado.
Por qué se confunden tanto
Verifactu y la factura electrónica B2B se confunden porque ambas hablan de “facturación electrónica obligatoria” y ambas usan el año 2027 como referencia, pero regulan dimensiones distintas del proceso: una la generación interna y otra el formato de entrega. Una empresa puede cumplir Verifactu sin entregar Facturae (factura PDF con QR a un consumidor final) y puede cumplir Facturae sin Verifactu (ya hoy se factura en Facturae a la AP). Solo confluyen cuando son operaciones B2B en territorio común desde 2027.
Causas principales de confusión:
- El nombre: las dos suenan a “factura digital obligatoria”.
- El plazo: ambas apuntan a 2027 como referencia clave.
- El portavoz: ambas las “lleva” la AEAT y el Ministerio de Hacienda/Asuntos Económicos.
- Los medios: titulares como “facturación electrónica obligatoria” rara vez precisan a cuál se refieren.
Pero técnicamente son dos reglamentos separados, con esquemas distintos y fechas distintas.
¿Puedo cumplir una y no la otra?
Sí. Verifactu y la factura electrónica B2B se cumplen por separado y aplican a perfiles distintos. Un autónomo que solo facture a consumidores finales (B2C: peluquero, hostelero con tickets) cumplirá Verifactu en 2027 pero no la factura electrónica B2B (esta no aplica al B2C). Una empresa que facture solo a Administración Pública ya emite Facturae hoy pero pasará a Verifactu en 2027. Los dos perfiles existen y son legales.
Caso 1: cumples Verifactu pero NO factura electrónica B2B
Ejemplo: peluquería que factura por ticket (B2C). Le aplica Verifactu desde 2027 pero NO le aplica la obligación de la Ley Crea y Crece, porque no hace operaciones B2B.
Caso 2: cumples factura electrónica pero NO Verifactu (caso histórico)
Ejemplo: empresa que factura al Estado/AP. Ya hoy emite Facturae a través de FACe. Cumple la obligación de factura electrónica para AP (que ya está vigente desde 2015), pero a partir de 2027 también tendrá que cumplir Verifactu para esas mismas facturas y para sus operaciones privadas.
Caso 3: cumples ambas (el caso más común desde 2027)
Empresa B2B clásica (consultoría, fabricante, distribuidor) que factura a otras empresas o autónomos. Desde 2027 (o cuando se publique el reglamento) deberá:
- Generar la factura conforme Verifactu (hash, QR, declaración responsable del software).
- Entregarla al cliente en formato Facturae u otro estructurado.
Un buen software adaptado hace ambas cosas en un solo paso: genera el XML Facturae con el hash y QR Verifactu incrustados y lo envía al sistema receptor del cliente.
Calendario comparado
Verifactu tiene fechas firmes: 1 enero 2027 para empresas y 1 julio 2027 para autónomos. La factura electrónica B2B tiene fechas aún en desarrollo: el reglamento de la Ley Crea y Crece sigue en tramitación a 2026, con probable aplicación por fases en 2027-2028 según facturación de la empresa. Empezarán las grandes empresas (>8 M€) y luego se irá ampliando al resto.
| Hito | Verifactu | Factura electrónica B2B |
|---|---|---|
| Norma publicada | RD 1007/2023 (BOE ya) | Ley 18/2022 (BOE ya) |
| Reglamento técnico | Orden HAC/1177/2024 (BOE ya) | En desarrollo |
| Fechas firmes | 1 ene 2027 / 1 jul 2027 | Por publicar |
| Aplicación por fases | No (todos a la vez según tipo contribuyente) | Sí (probable, por facturación) |
→ Detalle: Cuándo entra en vigor Verifactu.
¿Qué software cubre ambas?
Los principales software de facturación en España (Holded, Quipu, Cegid, Sage, Anfix, Contasimple, A3) ya cubren o cubrirán Verifactu + Facturae a la vez, generando el XML estructurado con QR y hash en un solo paso. Pregunta siempre por la declaración responsable Verifactu Y la capacidad de exportar Facturae XML al elegir software. Suelen ser dos features que vienen juntas en planes profesionales (5-15 €/mes para autónomos).
Criterios para elegir:
- Declaración responsable Verifactu: imprescindible desde 2027.
- Exportación Facturae XML: imprescindible para B2B una vez aplique.
- Recepción de Facturae: para clientes que te las envíen a ti.
- Conexión con plataformas privadas (Edicom, B2Brouter, SERES, Voxel): útil si tus clientes grandes operan en esos hubs.
→ Comparativa: Verifactu gratis: opciones con declaración responsable.
¿Y Facturae para Administración Pública?
Facturae para Administración Pública ya es obligatorio desde 2015 (Ley 25/2013): toda factura emitida a un organismo público español debe ser Facturae XML enviada por FACe. Esta obligación es independiente de Verifactu y de la Ley Crea y Crece. Desde 2027 se sumará Verifactu: la factura a AP deberá ser Facturae (ya) + cumplir Verifactu (nuevo) a la vez. El software adaptado lo hace automático.
Resumen:
- Factura a Administración Pública (Ayuntamientos, Estado, CCAA, organismos públicos): Facturae obligatorio desde 2015.
- Factura entre empresas (B2B): Facturae obligatorio cuando se publique el reglamento Crea y Crece.
- TODAS las facturas (B2B + B2C + AP) en territorio común: Verifactu obligatorio desde 2027.
¿Qué pasa con el SII?
El SII (Suministro Inmediato de Información) es un tercer sistema independiente, obligatorio para grandes empresas (>6 M€), grupos IVA y REDEME desde 2017, que envía los libros de IVA a la AEAT en 4 días. Las empresas en SII quedan EXCLUIDAS de Verifactu (no necesitan duplicar registro), pero siguen sujetas a Facturae cuando aplique. Son tres sistemas: Verifactu (la mayoría), SII (grandes), Facturae (formato de entrega cuando obligue).
→ Más detalle: Verifactu vs TicketBAI vs SII vs Facturae.
Ejemplos prácticos por perfil
Autónomo que factura solo a particulares (peluquería, taxi, fisio)
- Verifactu: SÍ desde 1 jul 2027.
- Factura electrónica B2B: NO (solo factura a consumidores).
- Software necesario: cualquier solución Verifactu adaptada.
Consultor autónomo que factura a empresas
- Verifactu: SÍ desde 1 jul 2027.
- Factura electrónica B2B: SÍ cuando se publique el reglamento.
- Software necesario: Verifactu + capacidad de exportar Facturae.
Pyme B2B (10-50 empleados, factura a otras empresas)
- Verifactu: SÍ desde 1 ene 2027.
- Factura electrónica B2B: SÍ cuando se publique el reglamento (probable fase 1 si >8 M€).
- Software necesario: ERP completo con Verifactu + Facturae + conectores B2B.
Gran empresa (>50 M€)
- Verifactu: NO (suelen estar en SII → exentas de Verifactu).
- Factura electrónica B2B: SÍ, probablemente en la primera fase de Crea y Crece.
- Software necesario: ERP corporativo + Facturae + conectores.
Empresa que factura a Administración Pública
- Verifactu: SÍ desde 1 ene 2027 (salvo SII).
- Factura electrónica AP (FACe / Facturae): YA hoy obligatorio.
- Software necesario: el que ya tienen + adaptación Verifactu.
Fuentes consultadas
Este artículo se ha redactado contrastando las siguientes fuentes oficiales sobre Verifactu y factura electrónica B2B:
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, RRSIF (Verifactu) — texto íntegro en BOE.
- Ley 18/2022, de 28 de septiembre, de creación y crecimiento de empresas (Crea y Crece) — base legal de la factura electrónica B2B obligatoria — texto íntegro en BOE.
- Proyecto de Real Decreto de factura electrónica B2B (desarrollo reglamentario Crea y Crece) — borrador en audiencia pública del Ministerio de Asuntos Económicos.
- Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación — texto íntegro en BOE.
- Orden HAC/1177/2024, de 17 de octubre, especificaciones técnicas Verifactu — texto íntegro en BOE.
- Agencia Tributaria — Registro de facturación Verifactu (sede electrónica oficial) — portal sede AEAT.
- FACe — Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas (referencia Facturae para B2G) — portal oficial face.gob.es.
Si detectas que alguna URL ha cambiado, escríbenos a [email protected].
Siguiente paso
- 📖 Para entender el sistema completo: Qué es Verifactu.
- 📅 Para no fallar en los plazos: Cuándo entra en vigor Verifactu.
- ⚠️ Para saber las multas: Sanciones Verifactu.
- 🆓 Para opciones gratis: Verifactu gratis.
- 🇪🇺 Si te preguntas si es Excel suficiente: ¿Puedo seguir usando Excel?.